domingo, 7 de junio de 2015

FOL- EJERCICIOS T.7 "LAS PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL"

T. 7- LAS PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.



Nº 1. Señala la diferencia fundamental entre las prestaciones contributivas y las prestaciones no contributivas.

                Diferencias:
 Las prestaciones Contributivas las reciben personas que han tenido un tiempo mínimo de actividad laboral y han cotizado, y se financia con las contribuciones de los trabajadores y los empresarios y la NO Contributiva las reciben las personas que, no habiendo contribuido lo suficiente a la Seguridad Social, se encuentran en determinadas situaciones de necesidad; su objetivo es dotar a los individuos de un nivel mínimo y universal de protección, y se financia con los impuestos.

Nº 2. Indica los tipos de prestaciones que componen el sistema de la Seguridad Social.
                Solución:
 



Nº 5. Señala cuánto tiempo de cotización debe acreditarse, en situación de alta, para tener derecho a la prestación por incapacidad temporal en los siguientes casos:
  • a)  Baja por una gripe.
  • b)  Baja por un accidente sufrido al salir de casa camino del trabajo.
  • c) Baja por un accidente de tráfico acaecido el domingo al regresar de un viaje de fin de semana.

                Solución:
a)     180 días en los cinco años anteriores a la baja.
b)      Ningún periodo de carencia.
c)      Ningún periodo de carencia.

Nº 6. Una trabajadora de 28 años de edad embarazada, en situación de alta, acredita 120 días cotizados en los últimos 7 años, y 370 días en el total de su vida laboral. ¿Tiene derecho a la prestación contributiva por maternidad? Justifica la respuesta.
                Solución:
Sí, tiene derecho. Porque cumple con una de las condiciones para recibir dicha prestación que es para mujeres mayores de 26 años, tienen que cumplir un mínimo cotizado de 90 días dentro de los 7 años anteriores a la prestación o 180 días cotizados en toda su vida laboral.


 Nº 8. ¿Puede un trabajador que quede inválido a los 67 años percibir una prestación por incapacidad permanente? Justifica tu respuesta.
                Solución:
No, por haber cumplido la edad de jubilación (actualmente los 65 años y 3 meses).


Nº 9. Un trabajador que ha cotizado 17 años completos hasta noviembre de 1994, y que cumple 65 años en marzo de 2015, ¿tiene derecho a la pensión de jubilación? Razona tu respuesta.

                Solución:
No, no tiene derecho. Porque no cumple las condiciones para percibir dicha prestación que es 15 años cotizados y los dos últimos años dentro de los últimos 15 años antes de la fecha de jubilación, este último requisito no le cumple.


Nº 11. ¿Cuál será la pensión de orfandad que recibirá cada uno de los cuatro huérfanos menores de edad en el caso de que su padre cobre una pensión de viudedad del 52% de la base reguladora? Justifica la respuesta.

                Solución:
Pues en este caso será la diferencia del 52% al 100%, que es un 48% esto se repartirá entre los 4 huérfanos, es decir un 12% cada uno.


Nº 13. Indica la cuantía y la duración de una pensión de jubilación de un trabajador que se jubila en el mes de febrero de 2015 y que, cumpliendo todos los requisitos para cobrar la pensión, ha cotizado durante 27 años y 4 meses y cuya BR es de 1.300€.
            Solución:
Cuantía: 50% +(0.19%*(12*12)+4)=50+28.12=78.12%BR= 1.300*78.12%= 1.015,56€/mes
Duración de la jubilación será vitalicia (hasta que el titular fallezca)


Nº 16. Una persona fallece dejando viuda (pensión del 52%), tres huérfanos y dos familiares directos con derecho a pensión por muerte y supervivencia a favor de familiares.
-          ¿Cuál sería la cuantía total de todas las pensiones?
            Solución:
Viuda: 52%BR
Huérfanos: 48%/3= 16%BR cada uno.
Familiares directos: 20% BR cada uno.


Nº 24. Indica los requisitos básicos para que un trabajador desempleado tenga derecho a la prestación por desempleo.
            Solución:
Requisitos para acceder a la prestación por desempleo:
·        Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
·           Encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada mediante la suscripción del compromiso de actividad.
·         Estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo de percepción.
·         Haber trabajado y cotizado a desempleado al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
·             No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
·       No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por un programa de fomento de empleo.
·         No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.


Nº 27. Un trabajador, con dos hijos a cargo, cesa en su actividad laboral por finalización de un contrato de obra, el día 30 de enero de 2014; la duración del contrato fue de 800 días. a) ¿Tiene derecho a prestación por desempleo?
b) ¿Cuáles son los topes, mínimo y máximo, de la posible prestación?
            Solución:
a) Sí, tiene derecho a prestación por desempleo. Si el trabajador cumple con los siguientes requisitos:
  1.     Estar en situación legal de desempleo por finalización de contrato. La situación de desempleo es involuntaria.
  2.             Estar afiliado y en situación de alta en el momento de finalizar el contrato.
  3.      Se supone, pues no dice otras cosas, que no ha cumplido la edad ordinaria para la jubilación, no está incluido en ninguna causa de incompatibilidad (ej. Realizar una actividad por cuenta propia,… etc.) y está inscrito como demandante de empleo.
  4.         Se supone disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada mediante la inscripción del compromiso de actividad.
  5.           Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Tienen cotizados 800 días, que superan el periodo mínimo exigido.

b)  Por tener, dos hijos a su cargo, menores de 26 años, los topes de la prestación son:
·         Tope mínimo: 107% del IPREM mensual, incrementado en una sexta parte: 664,74€/mes.
·         Tope máximo: el 225% del IPREM mensual, incrementado en una sexta parte: 1.397,83€/mes.


Nº 28. Señala la cuantía máxima de la prestación por desempleo que puede percibir, mensualmente, un trabajador desempleado que tiene un hijo de 9 años a su cargo. Justifica tu respuesta.
            Solución:
Por ser hijo menor de 26 años, el máximo será el 200% del IPREM vigente incrementado una sexta parte: 1.242,52€.


Nº 29. Un trabajador que ha cotizado 2 años y 2 meses en los 6 últimos años queda en situación legal de desempleo. ¿Cuánto tiempo, como máximo, recibirá la prestación contributiva? Justifica tu respuesta.
            Solución:
De 720 a 899 días trabajados y cotizados en los últimos 6 años: 240 días, según tabla establecida.


Nº 1. Un trabajador extranjero ha sido afiliado y dado de alta, por un empresario, en la Seguridad Social. Ese mismo día enferma. a) ¿Tiene derecho a la asistencia sanitaria? B) ¿Se puede calificar como contributiva esta prestación? Justifica tu respuesta.
            Solución:
  1. a)      Sí, tiene derecho. El derecho a la asistencia sanitaria nace el día de la afiliación al sistema de la SS, tanto para el titular como para sus familiares o asimilados beneficiarios.
  2. b)     La asistencia sanitaria es una prestación de carácter contributivo y no contributivo. A nivel contributivo, su prestación está supeditada a la existencia de una relación con la SS (estar afiliado o en situación de alta o asimilada a la de alta). Por lo tanto, como el trabajador está en situación de alta, la prestación es de carácter contributivo.

Como prestación de carácter no contributivo, se prestará para las personas que, no estando afiliadas ni en situación de alta o asimilada al alta, carezcan de recursos económicos suficientes.

  
Nº 2. Una administrativa sufre un accidente laboral por el que está 90 días de baja. La base de cotización para contingencias profesionales del mes anterior al del accidente asciende a 1.800€ (se incluye 100€ de horas extraordinarias) y durante los últimos 12 meses ha realizado horas extraordinarias por valor de 2.000€.
-          Calcula la cuantía de la correspondiente prestación.
            Solución:
Es un accidente de trabajo, por lo que determinamos la BR diaria:
 1800-100= 1.700/30=56.67 €/día 
 2000/365= 5.48€día
 56.67+5.48= 62.15€/día     
 90 días de baja.



 Nº 3. Una trabajadora (grupo de cotización 2) que lleva 45 días dada de alta tiene que estar 12 días de baja a causa de una bronquitis. Indica las prestaciones contributivas a que tiene derecho y calcula su cuantía en caso de que sea procedente, si su BCC fue de 2.400€/mes.
            Solución:
Baja por enfermedad común.
1-3= no cuantía
4-16= 60% de la BR
BR= 2400/30= 80€/día



Nº 5. Una administrativa de 29 años que lleva cotizando desde los 17 tiene un parto múltiple (dos bebes). La base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al de tomar el descanso por maternidad fue de 1.245€.
-          Determina la cuantía diaria de la prestación e indica su duración.
            Solución:
En este caso si tiene derecho a la prestación por maternidad, ya que cumple con los requisitos requeridos, para mayores de 26 años se pide cotizado a la SS un mínimo de 180 días  al menos durante los 7 años anteriores al inicio de la prestación.

La prestación es del 100% de la BR, en este caso BR (diaria)= 1245/30=41.5€/día y la duración de la prestación será de 16 semanas después del parto y al ser un parto múltiple de dos bebes se le añaden 2 semanas más por el segundo bebe.


Nº 7. Un jubilado que cobra una pensión de jubilación mensual de 1.300€ fallece dejando viuda que tiene unos ingresos por trabajo de1.300€ mensuales. A) Calcula la pensión de viudedad que le corresponde. B) Cinco años después, la viuda, que sigue en la misma situación laboral, se vuelve a casar. Calcula la nueva pensión de viudedad.
            Solución:
  1. a)      Le corresponde el 52% de BR, ya que tiene ingresos adicionales.

           1.300*52%= 676 €/mes
  1. b)     En este caso la pensión por viudedad desaparece, ya que su estado civil cambia a casada.

Se podría continuar percibiendo dicha pensión de viudedad en caso que se acredite las siguientes circunstancias:
a.      Ser mayor de 61 años o menor y tener reconocida también una pensión de IPA o GI o acreditar una minusvalía en grado superior al 65%.
b.      La pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos del pensionista.(Cuando constituya el 75% de ingresos anuales de dicha persona).
c.       Tener el matrimonio unos ingresos anuales, que no superen dos veces el importe, en cómputo anual, del SMI vigente en cada momento.


Nº 8. Un trabajador se jubila el 30 de julio de 2014, a la edad de 70 años. En los últimos 8 años ha trabajado y cotizado como auxiliar administrativo. Con anterioridad (entre el 2 de enero de 1958 y el 2 de enero de 1992) trabajó y cotizó como empleado de seguros durante 34 años. Calcula la pensión de jubilación sabiendo que la base reguladora asciende a 1.000€/mes. Ayúdate de www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/index.htm
            Solución:
Calculo de los años cotizados= 34+8= 42 años.; BR= 1.000€
Suponemos que el trabajador se acoge a la normativa anterior a 01/01/2013: 100+20=120% de la BR. = 1200€/mes.


Nº 11. Un trabajador de 30 años que ha cotizado los últimos 6 años completos se queda en situación de desempleo debido al cierre de la empresa en la que trabajaba. Tiene un hijo de 5 años. La base reguladora para el desempleo asciende a 1.200€. a) Calcula la prestación por desempleo que le correspondería y señala la duración. b) Al finalizar la prestación, sigue sin encontrar empleo; teniendo en cuenta que su cónyuge tiene unos ingresos mensuales de 1.400€/mes, podrá solicitar el subsidio por desempleo. Calcula la cuantía.
            Solución:
  1. a)      BR= 1.200

1º 180 días al 70%BR= 1.200*70%= 840€/mes durante los primeros 6 meses. (Dentro de los topes)
Según la tabla le corresponde en total 720 días.
181 a 720 días al 50%BR= 1.200*50%= 600€/mes. (fuera del tope mínimo por lo que cobrara el tope mínimo), cobrara 664,74€/mes por tener un hijo al cargo.
  1. b)     Sí puede, ya que los 1.400/3= 466.67€ por persona y no supera el 75% del SMI, por lo que le pertenece el Subsidio por desempleo que es el 80% del IPREM: 426€/mes.


Nº 12. Calcula la prestación por desempleo y la duración a que tiene derecho  un trabajador que ha cotizado ininterrumpidamente los últimos 12 años, y ante un traslado obligatorio de ciudad decide rescindir su contrato de trabajo. No tiene familiares a su cargo y su BR asciende a 1.680€/mes.
            Solución:
a)         BR= 1.680
1º 180 días al 70%BR= 1.176€/mes durante los primeros 6 meses. (Fuera de topes), por lo que cobrara 1.087,20€/mes
Según la tabla le corresponde en total 720 días.
181 a 720 días al 50%BR= 1.680*50%= 840€/mes. (Dentro de los topes).


Nº 14. Un trabajador de 43 años, en situación de altas, lleva cotizando 18 años consecutivos. Su base de cotización por contingencias comunes del mes de enero es de 1.200€. El 10 de febrero comienza una baja por enfermedad común que tiene diferentes vicisitudes y tratamientos, por lo que llega a su máxima duración posible. Una vez finalizada la incapacidad temporal, pasa a una situación de GI. a) Determina la prestación que le corresponde al trabajador por IT, tanto en la cuantía como en su duración. b) Describe el proceso de cálculo de la prestación por IPA. c) Señala la diferencia mínima que debe existir entre la prestación por IPA y la prestación por GI.
            Solución:
  1. a)      Duración de prestación por EC, es de 730 días.

                BR= 1.200/30=40€/día.
Cuantía de Prestación: 1º-3º día no percibe prestación; 4º-16º ambos incluidos el 60% de la BR= 40*60%= 24€/día; y de 17º a final el 75% dela BR= 40*75%=30€/día.
  1. b)     Prestación por IPA: Por derivar de EC y ser menor de 52 años, le corresponde el 100% de la BR.
  2. c)      Diferencia entre IPA y GI, en la GI se aumenta la cuantía de la prestación para remunerar a la persona que atiende al inválido de GI.








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